FAQ Reglamento de evaluación

Título 1: NORMAS GENERALES

Artículo 3

  • Junior: hasta 3 evaluaciones sumativas a la semana.
  • Middle: hasta 4 evaluaciones sumativas a la semana.
  • Senior: hasta 5 evaluaciones sumativas a la semana.

* Puede coincidir una evaluación del área Científico-Humanista  con una evaluación del área Técnico-Artística en un día. En el caso de 3ero y 4to medio puede coincidir una evaluación del plan común con una evaluación del plan diferenciado.

Esta información se encuentra disponible en la página web, sección “Apoderados” para todos los ciclos.

Título 2: DE LA EVALUACIÓN

Artículo 10 

De acuerdo al Decreto 67 de Educación, serán promovidos los alumnos que:

  •   Hubieran aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio.
  •   Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.
  •   Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.
  •   Cumplan con la asistencia mínima requerida para la promoción: 85% anual.

Artículo 4 

Si en una instancia de evaluación sumativa el 25% del curso o más obtuviera resultados insuficientes (nota inferior a 4.0), el profesor a cargo deberá reenseñar los contenidos y/o habilidades descendidas y determinar una medida remedial.

No, nuestro colegio no cuenta con Proyecto de Integración Escolar (PIE). No obstante a lo anterior, apoyamos a los estudiantes que presenten diagnósticos de Necesidades Educativas Especiales (NEE) y aquellos estudiantes que presenten un diagnóstico por un cuadro socioemocional.

Artículo 5

Toda solicitud de adecuación en evaluación deberá ser presentada por el apoderado al profesor jefe, adjuntando la documentación pertinente: certificado que describa el diagnóstico y/o informe que debe ser extendido por profesionales competentes en la materia.

  1. Suspensión de los tratamientos externos cuando no corresponda.
  2. No presentación de re-chequeos o informes de avance cuando se requieran.
  3. Incurrir en faltas reiteradas de responsabilidad en el seguimiento del proceso del estudiante. 
  4. Incumplimiento del estudiante de su compromiso (Senior School).

El Departamento de Apoyo al Aprendizaje o Psicología tendrá un plazo determinado para informar en entrevista o vía correo electrónico, a los padres y/o especialistas, la propuesta del colegio a la solicitud planteada. El criterio que primará en esta decisión será la necesidad del/la estudiante y la capacidad de respuesta o recursos de que dispone el Colegio para responder a ella. 

Es importante precisar, que el colegio valorará y tomará en cuenta las sugerencias emitidas por especialistas externos relacionadas con el desempeño académico y/o conductual de los estudiantes. Sin embargo, dichas recomendaciones serán consideradas como lineamientos generales y no serán seguidas de manera estricta o automática. 

Título 3: DE LA CALIFICACIÓN

Artículo 6

Todo procedimiento que, dado su naturaleza, tenga una intención evaluativa sumativa debe regirse con escala de 60% de logro para alcanzar la calificación mínima de aprobación, la cual es 4,0.

Título 4: DE LA PROMOCIÓN

Artículo 10 

De acuerdo al Decreto 67 de Educación, serán promovidos los alumnos que:

  • Hubieran aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio.
  • Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.
  • Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.
  • Cumplan con la asistencia mínima requerida para la promoción: 85% anual.

Artículo 11

El colegio, a través de su Directora y su equipo directivo para estos efectos (Directora de Ciclo, Coordinadora Pedagógica, Orientadora de Ciclo, Psicóloga, Psicopedagoga o Educadora Diferencial, Profesora Jefe, entre otros) deberán analizar la situación de aquellos estudiantes que no cumplan con el porcentaje mínimo de asistencia (85%).

Título 5: DE LAS DISPOSICIONES COMUNES

Toda inasistencia debe ser justificada por el apoderado, a más tardar el día de reintegro del estudiante, explicitando la inasistencia a una evaluación.

Junior:

  • La justificación debe enviarse a la Profesora Jefe y/o profesora de asignatura.
  • Rendirá la prueba, en compañía de una profesora adjunta o inspectora del nivel, la semana que se reintegre de 15:15 a 16:30 hrs. tras citación de la Profesora Jefe o Profesor de asignatura a través de libreta de comunicaciones. 

 Middle:

  • La justificación debe enviarse a más tardar el día del reintegro vía mail al inspector/a del nivel y profesor/a de asignatura con copia al correo del profesor jefe, consignando en ella explícitamente la no participación de una instancia de evaluación.
  • Rendirá la evaluación en la fecha de recuperación más cercana a la fecha inicial, considerando el día de la semana acorde al horario del curso, tras citación del Inspector del nivel a través de email (5° y 6°) o tras citación a través de la planilla en la página web (7° y 8°). 

Senior:

  • La inasistencia deberá ser justificada por el apoderado, a más tardar el día del reintegro vía mail al inspector/a del nivel y profesor/a de asignatura con copia al correo del profesor jefe, consignando en ella explícitamente la no participación de una instancia de evaluación.
  • Rendirá la evaluación en la fecha de pruebas atrasadas más cercana a la fecha inicial de acuerdo a lo que indica la planilla de citación a pruebas atrasadas disponible en la web del colegio o lo acordado con el profesor de asignatura en caso de ser un trabajo colectivo u oral. 

En todos los ciclos, si el estudiante no se presenta y no hay justificación por parte del apoderado, se registrará un 2.0 en Schooltrack.

En todos los ciclos, se aceptará un máximo de dos justificaciones frente a un mismo proceso evaluativo (contando la fecha inicial de la prueba como primer justificativo). En caso de no cumplir lo anterior, será calificado con nota 2.0

Sí, puede haber coincidencia entre pruebas atrasadas y las evaluaciones fijadas en el calendario oficial.

Caso A: El alumno, justificadamente, solo se ausenta de la presentación o entrega a final de un procedimiento evaluativo, el profesor junto con los estudiantes buscarán alternativas para subsanar la situación dentro de las dos semanas siguientes. 

Caso B: El alumno se ausenta de una evaluación de proceso (implica varias clases) pero participa de al menos el 50% de las clases, se ajustará la forma de llegar a la calificación final. 

Caso C: El alumno se ausenta de una evaluación de proceso (implica varias clases) participando en menos del 50% de las clases, el o la docente definirá un nuevo formato para que el estudiante pueda dar cuenta de los mismos Objetivos de Aprendizaje.

Sin justificación:

  • 3° a 6° básico: se descontarán 3 décimas por día de atraso, con plazo máximo de una semana desde la fecha de entrega inicial.
  • 7° básico a IV° medio: se descontarán 5 décimas por día de atraso, con plazo máximo de una semana desde la fecha de entrega inicial.

Con justificación:

Para todos los niveles: el estudiante deberá entregar al día siguiente o en el plazo indicado por el profesor(a). De no cumplir, se aplicará el descuento de décimas indicado anteriormente.

*Todos los trabajos deberán ser entregados directa y personalmente al profesor o profesora de la asignatura correspondiente. Cualquier trabajo que no cumpla con esta condición será considerado como no entregado. 

Si el estudiante no rinde la evaluación, cualquiera que esta sea, estando presente en el colegio será calificado con nota 2,0.

Deberá rendir la evaluación cuando se reintegre, presentándose al Inspector correspondiente, quien la aplicará. Si el estudiante no rinde o se niega a rendir la evaluación, será calificado con nota 2,0. 

Si un estudiante se ausenta a la jornada escolar, no podrá asistir ese día a rendir pruebas atrasadas. La justificación a esta instancia deberá ser comunicada vía correo electrónico al Inspector del nivel y se procederá de acuerdo a lo que se establece para el caso de inasistencias justificadas.

Las inasistencias a clases y evaluaciones por viaje deberán ser comunicadas con al menos dos semanas de anticipación siguiendo el protocolo establecido en el RICE (Reglamento Interno de Convivencia Escolar). En el caso de no realizar el protocolo de viajes, se considerará ausencia injustificada a prueba y se seguirá lo establecido al respecto en este Artículo, letra “i”.

De acuerdo al Decreto 67,  los alumnos no podrán ser eximidos de ninguna asignatura del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contempla.

En el anexo 5 “PROTOCOLO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO SENIOR SCHOOL”, del reglamento de evaluación está toda la información y los pasos a seguir. 

3° Año de Enseñanza Básica a IV° Medio: si un alumno o grupo de alumnos es sorprendido cometiendo una falta de honestidad en cualquier tipo de evaluación sumativa se procederá a anular el instrumento, consignar la falta en Schooltrack y deberá rendir una nueva evaluación, según las  condiciones que estipule el profesor. De no presentarse, obtendrá nota 2.0.

En el caso de un trabajo realizado  parcialmente fuera del horario de clases, el profesor de la asignatura definirá el cambio de formato de la evaluación respetando la escala de aprobación al 60%. Esta también se encuentra sancionada desde el área formativa en el Manual de Convivencia.-